LUN 10/03
TDC 20.2922
MIE 01/01
INPC 140.7260
MAR 10/12
RECARGOS FEDERALES 1.47%
MIE 10/01
UMA 108.57
El no pago de este derecho puede derivar en multas de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA)
El pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y una obligación de todas las personas físicas o morales que cuenten con personal asalariado a su cargo.
LEE: ¿QUIÉNES DEBEN ENTREGAR PTU?
El cumplimiento de esta responsabilidad es vigilada por la Procuraduria Federal de la Defensa de los Trabajadores (Profedet) y puede derivar en multas de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), de acuerdo con los artículos 992, penúltimo párrafo y 994, fracc. II, LFT.
Por ello, en la siguiente infografía te presentamos la metodología para calcular la PTU